NOTA DE PRENSA

Castellón, 13 de julio de 2017.

PRESENTACIÓN DE ALEGACIONES: LA MODIFICACIÓN DE LA LOTUP AMNISTÍA AL INFRACTOR URBANÍSTICO.

LOS DELITOS NO JUZGADOS CONTRA LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS QUEDARÁN IMPUNES.

Con la modificación del artículo 210 de la LOTUP la administración pretende solucionar el urbanismo ilegal con la legalización de miles de viviendas, cuya construcción al margen de la ley supuso la comisión de un delito contra la ordenación del territorio.
Reflejo, estas decenas de miles de viviendas ilegales, de una actuación intencional de decenas de municipios insumisos respecto a la disciplina urbanística y claros actores colaboradores necesarios para tal desmadre. Sin su obvia dejación de funciones, construir en suelo no urbanizable hubiera sido un imposible.
La administración autonómica muestra su apoyo a dichas actuaciones ilegales, creando ahora un marco legislativo ex profeso en un claro acto que entraría de pleno en el ámbito de la prevaricación.
Se acaba, con esta modificación legislativa, con la protección de los espacios naturales frente al urbanismo ilegal que el PP había otorgado con esta Ley y que, entre otras cuestiones, no permitía la legalización de las construcciones ilegales en humedales protegidos.

GECEN MUESTRA SU PREOCUPACIÓN POR LOS HUMEDALES Y DEMÁS ESPACIOS PROTEGIDOS.

Las actuaciones judiciales han sido un elemento clave a la hora de corregir la indisciplina urbanística en los espacios protegidos, por lo que intentar que el trabajo realizado por la Justicia quede ninguneado es impropio en un estado de derecho.
La asociación pide a la administración mayor disciplina urbanística, trabajo en pro del interés general y respeto a la legalidad y menos modificaciones de leyes que premian al infractor urbanístico y la destrucción de los espacios naturales protegidos.
Sacarse de la manga el invento de las licencias de minimización de impacto ambiental y territorial como solución a un delito penal o infracción administrativa es situarse, claramente, del lado del interés privado y electoral, y olvidarse del interés general que debe prevalecer: la ordenación racional del territorio, la sostenibilidad y la protección medioambiental.

MODIFICACIÓN ILEGAL.

La modificación de la LOTUP chocaría frontalmente con una norma estatal de jerarquía superior, el código penal, ya que introduce una exención a un hecho delictivo, y las causas de exoneración de delitos sólo pueden establecerse por el legislador estatal a través de una Ley Orgánica. Lo que pretende esta modificación de la LOTUP es que estos delitos no sean perseguibles, a través de una legalización urbanística.
Por todo ello debe entenderse que esta modificación de la LOTUP vulneraría el derecho estatal y debería ser objeto de impugnación por la Abogacía del Estado ante el Tribunal Constitucional.

 

¿Quienes somos?

GECEN: Grupo para el Estudio y Conservación de los Espacios Naturales.

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